LEĜA Letter # 111

LINEAMIENTOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA PRÁCTICA DE TRIAJE EN LOS SERVICIOS DE EMERGENCIA

Mediante Providencia N° 215-2019, emitida por Ministerio del Poder Popular para la Salud, de fecha 11 de diciembre de 2019, se implementó la práctica de triaje para seleccionar, escoger o priorizar los procesos de clasificación preliminar a los pacientes antes de su valoración, diagnóstico y terapéutica completa, en el servicio de emergencia.  

  1. Objeto: Implementar la práctica de triaje para seleccionar, escoger o priorizar los procesos de clasificación preliminar a los pacientes en el servicio de emergencia, y organizar de forma eficiente la atención de los pacientes en los servicios de la red de espacios o establecimientos que cuenten con servido de emergencia las 24 horas del día.
  1. Implicaciones del mecanismo de triaje: El mecanismo de triaje está diseñado para optimizar los tres tiempos de la atención del Servicio de Emergencia concebido como RAC (Recepción, Acogida y Clasificación) implicando:
  • Recepción según prioridad de atención,
  • Estabilización en el área adecuada según su patología, y
  • Destino óptimo del paciente al Servicio, Hospital o dentro de Salud, que requiera para su diagnóstico y tratamiento.
  1. Verificación del triaje: El mecanismo de triaje se verifica a través de: (i) el tiempo medio de realización del RAC, (ii) el tiempo medio entre el RAC y la atención médica por el grado de prioridad, y (iii) el porcentaje de atenciones por prioridad clínica, de la manera siguiente:
  • El Tiempo Medio de Realización del RAC.

-Meta: El tiempo de calificación debe ser de máximo de 5 minutos.

Método de cálculo: La suma de los tiempos de realización del RAC.

  • El tiempo medio entre el RAC y la atención médica por el grado de prioridad.

-Meta: El tiempo promedio de espera entre la clasificación y la atención médica según la prioridad deberá ser:

  • Prioridad Roja: 0 minutos.
  • Prioridad Naranja: Hasta 10 minutos.
  • Prioridad Amarilla: Hasta 30 minutos.
  • Prioridad Verde: Hasta 120 minutos.
  • Prioridad Azul: Hasta 240 minutos.

Método de cálculo: Suma de los tiempos entre la realización de la RAC y la atención médica con la misma prioridad. Número total de usuarios con la misma prioridad en el periodo de tiempo. 

  • Porcentaje de atenciones por Prioridad.

-Método de cálculo:

  • Número total de usuarios clasificados con la misma prioridad clínica en un periodo de tiempo x 100.
  • Número total de usuarios clasificados en todos los niveles en un periodo de tiempo.
  1. Criterios de implementación: La implementación del mecanismo de triaje que establece esta Resolución, será de conformidad con los siguientes criterios:
PRIORIDAD ACCIÓN TIEMPO EN MINUTOS
I ATENCION INMEDIATA 0 min
II MUY URGENTE 5-10 min
III URGENTE 60 min
IV NORMAL 120 min
V NO URGENTE 240 min

 Vigencia: La Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Providencia N° 215-2019, emitida por Ministerio del Poder Popular para la Salud, en fecha 11 de diciembre de 2019, mediante la cual XXXXXX, publicada en Gaceta Oficial N° xxx de fecha xx de xxxx de 2020.

Contactos:
Faustino Flamarique
fflamarique@lega.law
+58(0212) 277 2204

Carlos García Soto
cgarciasoto@lega.law
+58(0212) 277 2211

Victoria Montero
vmontero@lega.law
+58(0212) 277 2240

El objetivo del Leĝa Letters es proveer información a los clientes y relacionados de Leĝa Abogados. La información contenida en este reporte es solo a título informativo y no persigue suministrar asesoría legal. Los lectores no deben actuar sobre la base de la información contenida en este reporte, sin obtener previamente asesoría jurídica específica. Los Leĝa Letters pueden ser reproducidos y compartidos total o parcialmente, indicando siempre la autoría de Leĝa Abogados.