- Objeto: Establecer los lineamientos de la oferta pública de valores de emprendedores, denominados Valorem, a los fines de garantizar las condiciones adecuadas de trasparencia y seguridad en los procesos de inversión.
- Ámbito de aplicación: Las Normas están dirigidas a los emprendedores, microempresas y pequeñas empresas que emitan Valorem. También a las personas sometidas al control de la SUNAVAL y a los sujetos que participen en el proceso de emisión, colocación, negociación y liquidación de Valorem en el mercado de valores.
- Características del Valorem: Es un instrumento financiero de captación de recursos de corto plazo. Entre las características se encuentra:
- Plazo de vencimiento no inferior a 15 días ni superior a 360 días.
- Tasa de interés fija o variable.
- Pago de tasas de interés mensual, bimensual y trimestral, o sin pago de tasa de interés.
- Negociable en la bolsa de valores.
- La cancelación de los cupones (interés) y del capital invertido se realizará en bolívares o en productos o servicios convenidos.
- Las series tendrán un vencimiento de 30, 60 y 90 días, hasta un máximo de 360 días.
- Condiciones del Valorem: En las Normas se establecen las condiciones del Valorem, entre las cuales se encuentra que:
- Puede ser emitido por personas naturales o jurídicas que sean consideradas emprendedores diversos, microempresas y pequeñas empresas.
- El monto máximo autorizado para su emisión es el equivalente en bolívares a 10.000 dólares de los Estados Unidos a la tasa de cambio publicada por el Banco Central de Venezuela.
- Requisitos para realizar oferta pública de Valorem: En las normas se listan los documentos que debe presentar la sociedad de corretaje o casa de bolsa que le preste servicios a los emprendedores, microempresas y pequeñas empresas para obtener autorización de la SUNAVAL para la oferta pública de Valorem.
- Prospectiva de rendimiento del proyecto: Los emisores deben, en su boletín informativo simplificado, presentar la prospectiva de rendimiento del proyecto o emprendimiento, revelando el Valor Activo Neto, la Tasa Interna de Retorno y el período de recuperación del proyecto.
- Representante Común: La emisión deberá contar con un representante común, quien permanecerá en sus funciones hasta el vencimiento de la última serie en circulación.
- Garantías de los Valorem: Es opcional presentar garantías en las emisiones de los Valorem.
- Emisión de la primera serie: Debe hacerse dentro de los 3 meses siguientes de la autorización de la oferta pública y su inscripción en el Registro Nacional de Valores. Podrá prorrogarse por 3 meses a solicitud justificada del emisor.
- Términos y condiciones: Los Valorem correspondientes a una misma serie deberán colocarse en los mismos términos y condiciones.
- Plazo de vencimiento de la autorización: No será superior a 360 días, contados a partir de la fecha de emisión de la primera serie.
- Uso de los recursos: Los emprendedores, microempresas y pequeñas empresas deberán aplicar los recursos obtenidos de la emisión de acuerdo con lo establecido en el boletín informativo simplificado.
- Liquidación de los Valorem: La liquidación del capital invertido en los Valorem se pagará en Bolívares. Si se realiza con productos y servicios, deberá ejecutarse de acuerdo con lo establecido en el boletín informativo simplificado y el aviso digital simplificado.
- Aplicación supletoria: En todo lo no previsto en las Normas, se aplicarán supletoriamente las disposiciones normativas que rigen el mercado de valores en
- Vigencia: Las Normas entraron en vigencia con su publicación en Gaceta Oficial.
Providencia N° 005, mediante la cual se dictan las “Normas Relativas a la Oferta Pública de Valores de Emprendedores”
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