LEĜA Letter # 34

Licencia General No. 5 a las sanciones impuestas por el gobiernos de los Estados Unidos a PDVSA

El 19 de Julio la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC por sus siglas en inglés) publicó la Licencia General No. 5 a la Orden Ejecutiva 13.835 del 21 de Mayo de 2018.

El objeto de esta licencia es autorizar a las personas de los Estados Unidos a realizar ciertas transacciones relacionadas con el Bono PDVSA 2020, de cupón 8,5%.

La consecuencia más importante de esta nueva Licencia es que permite a las personas de los Estados Unidos que sean acreedoras de intereses o capital del Bono PDVSA 2020, a realizar todas las gestiones que sean necesarias para obtener el pago de su acreencia, incluyendo la ejecución forzosa del colateral que garantiza ese Bono, representado en el 50,1% de las acciones de CITGO Petroleum Corporation, empresa filial de PDVSA domiciliada en los Estados Unidos de América.

Es necesario recordar que la Orden Ejecutiva 13.835 del 21 de Mayo de 2018, prohibió la realización de cualquier transacción, acuerdo comercial o de financiamiento relacionado con:

a) La compra de cualquier deuda debida al Gobierno de Venezuela, incluyendo las cuentas por cobrar.

b) Cualquier deuda debida al Gobierno de Venezuela que sea dada como garantía, incluyendo las cuentas por cobrar, después de la fecha de la Orden Ejecutiva.

c) La venta, transferencia, cesión o entrega en garantía por el Gobierno de Venezuela de cualquier participación accionaria en cualquier entidad en la cual éste sea propietario de al menos el cincuenta por ciento (50%).

Conforme a la información publicada por la OFAC en su aclaratoria N° 595, la finalidad de esta licencia general es permitir a los acreedores del referido Bono, que sean catalogados como personas de los Estados Unidos, ejecutar la garantía sobre las acciones de CITGO, a los fines de evitar que el Gobierno de Venezuela, excusándose en las medidas adoptadas por el gobierno de EEUU a través de la Orden Ejecutiva 13.835,  decidiera incumplir esa obligación de pago, a sabiendas de que el colateral no podría ser ejecutado.

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