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Código de ética para el desarrollo y aplicación responsable de la Inteligencia Artificial

El Mincyt emitió (19/02/2026) un Código de Ética para guiar el diseño, implementación y uso responsable de IA. Establece nueve principios—humanismo, equidad, sostenibilidad, seguridad, privacidad, transparencia, rendición de cuentas, ciencia abierta y excelencia—como marco orientador, sin sanciones, alineado al interés público.

El 19 de febrero de 2026 el Ministerio del Poder Popular para Ciencia y Tecnología emitió el Código de Ética para el Desarrollo y Aplicación Responsable de la Inteligencia Artificial, como instrumento orientador de alcance nacional para regular éticamente el diseño, desarrollo, implementación y uso de sistemas de inteligencia artificial (IA).

El Código tiene como propósito garantizar que la adopción de estas tecnologías se realice de manera responsable, sostenible y centrada en la persona, en coherencia con los derechos humanos, la protección del medio ambiente y el interés público. Desde una perspectiva corporativa y jurídica, el Código constituye un marco declarativo de principios éticos, aplicable a organizaciones públicas y privadas, empresas tecnológicas, centros de investigación y usuarios de sistemas de IA.

El Código se articula en nueve principios rectores, que orientan la adopción responsable de la IA:

  1. Inteligencia Artificial Humanista: El diseño y el uso de la IA deben centrarse en el ser humano, respetándose su autonomía y dignidad humana.
  2. Equidad, Igualdad y No Discriminación: prevención de sesgos y exclusiones algorítmicas.
  3. Responsabilidad Ambiental: desarrollo de IA compatible con la sostenibilidad.
  4. Seguridad: identificación y mitigación de riesgos técnicos y sociales.
  5. Privacidad: protección efectiva de datos personales y sensibles.
  6. Transparencia: procesos, algoritmos y decisiones, asociados a este sistema deben ser claros, comprensibles y explicables.
  7. Rendición de Cuentas: responsabilidad humana sobre las decisiones automatizadas.
  8. Ciencia Abierta: promoción del acceso y la colaboración en el conocimiento científico.
  9. Excelencia: rigor técnico, calidad e innovación responsable.

Su alcance es orientador y no prevé ninguna sanción en caso de incumplimiento. En conjunto, el Código proporciona a las organizaciones un marco para integrar la inteligencia artificial de forma ética, confiable y alineada con estándares internacionales y criterios ESG, fortaleciendo la gobernanza tecnológica y la confianza institucional.

Alfredo Silva

Abogado en LEĜA desde el 2015 con amplia experiencia asesorando a clientes locales e internacionales, especialmente en en asuntos corporativos, regulatorios y de propiedad intelectual. Especialista en derecho corporativo y propiedad intelectual, con enfoque en transacciones complejas, activos intangibles y contratación comercial.