CREACIÓN DE LA ADUANA SUBALTERNA DE TIENDITAS, ADSCRITA A LA
GERENCIA DE LA ADUANA PRINCIPAL DE SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA
Decreto N° 4.752 de fecha 7 de diciembre de 2022, dictado por el Presidente de la República, en lo sucesivo “El Decreto”.
1. Objeto: Crear la Aduana Subalterna de Tienditas, adscrita a la Gerencia de la Aduana Principal de San Antonio del Táchira, ubicada en el Estado Táchira.
2. Actividades permitidas: La Aduana Subalterna de Tienditas estará habilitada para realizar actividades de importación, exportación, tránsito, servicios de trasbordo y bultos postales, cuya sede estará ubicada en el Centro Nacional de Atención Fronteriza (CENAF).
3. Inicio de Actividades: Corresponde al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), emitir la normativa y llevar a cabo las acciones que sean necesarias para el inicio de las operaciones de la mencionada Aduana Subalterna.
4. Ejecución: El Ministerio del Poder Popular de Economía, Finanzas y Comercio Exterior, queda encargado de la ejecución del Decreto, con el apoyo del Coordinador de la Zona Económica Especial Fronteriza Ureña – San Antonio y del Consejo de Gestión.
5. Vigencia: El Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.
Contactos:
LEĜA Abogados
infolaw@lega.law
+58 (212) 277.22.00
www.lega.law
nrodriguez@lega.law
+58 212 2772212
gcapriles@lega.law
+58 212 2772250
El objetivo del LEĜA Informa es proveer información a los clientes y relacionados de LEĜA Abogados. La información contenida en este reporte es sólo a título informativo y no persigue suministrar asesoría legal. Los lectores no deben actuar sobre la base de la información contenida en este reporte, sin obtener previamente asesoría jurídica específica. Los LEĜA Informa pueden ser reproducidos y compartidos total o parcialmente, indicando siempre la autoría de LEĜA Abogados.