LEĜA Letter # 51

REAJUSTE DE LA UNIDAD TRIBUTARIA EN BS. S. 17,00.

Providencia N° SNAT/2018/0129, emitida por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), en adelante la “Providencia”.

1. Objeto: Reajustar la Unidad Tributaria (U.T.) en diecisiete bolívares soberanos (Bs. S. 17,00).

2. Uso específico del nuevo monto de la Unidad Tributaria: El valor de la Unidad Tributaria establecido en la Providencia sólo podrá ser utilizado como unidad de medida para la determinación de:

2.1. Tributos nacionales cuya recaudación y control sean competencia del SENIAT; y

2.2. Sanciones impuestas por el SENIAT.

En consecuencia, no podrá ser utilizada por otros órganos y entes del poder público para la determinación de beneficios laborales o de tasas y contribuciones especiales derivados de los servicios que prestan.

3. Vigencia: La Providencia entró en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Providencia N° SNAT/2018/0129, mediante la cual se reajusta la Unidad Tributaria en Diecisiete Bolívares Soberanos (Bs. S. 17,00), publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 41.479 del 11 de septiembre de 2018.

Contactos:

Jesús Sol
jsol@lega.law
+58(0) 212 901 26 09

Nathalie Rodríguez París
nrodriguez@lega.law
+58(0) 212 901 2612

El objetivo del LEĜA Letters es proveer información a los clientes y relacionados de LEĜA Abogados. La información contenida en este reporte es sólo a título informativo y no persigue suministrar asesoría legal. Los lectores no deben actuar sobre la base de la información contenida en este reporte, sin obtener previamente asesoría jurídica específica. Los LEĜA Letters pueden ser reproducidos y compartidos total o parcialmente, indicando siempre la autoría de LEĜA Abogados.