¿QUÉ OCURRIÓ EN EL ENTORNO LEGAL EN VENEZUELA EN 2024?
Socio
I. Introducción
Diciembre es un mes para revisar cuál fue la regulación dictada en el país durante el año que termina, en una tradición que mantenemos en LEĜA desde hace ya varios años[1].
Un ejercicio útil de análisis de entorno regulatorio es comparar lo que fue anunciado en la agenda legislativa de la Asamblea Nacional a inicios de cada año, con las Leyes que fueron efectivamente sancionadas y promulgadas durante el año.
Además, es conveniente sistematizar al final de cada año las regulaciones administrativas dictadas en los distintos sectores económicos, pues ello permite entender cuáles fueron las prioridades regulatorias de la Administración Pública durante el año que culmina.
Lo que sigue es lo que ocurrió en el entorno legal venezolano en 2024.
II. El presidente anuncia las 7 líneas de transformación del Gobierno nacional
El 15 de enero en su mensaje anual a la Asamblea Nacional, el presidente Nicolás Maduro anunció las 7 líneas de transformación del Gobierno nacional[2]: modernizar la economía; independencia plena; paz, seguridad e integridad territorial; social; política; ecología, y geopolítica.
Esas líneas de transformación fueron los temas alrededor de los cuales se organizó la agenda legislativa de la Asamblea Nacional.
III. La agenda legislativa de la Asamblea Nacional para 2024
El 30 de enero de 2024 la Asamblea Nacional (AN) aprobó la agenda legislativa para el año 2024. Según se informó desde la AN, la agenda legislativa se ajusta al Plan Nacional de Transformación (Plan 7T) presentado por el presidente Nicolás Maduro, para promover la prosperidad y recuperar el estado de bienestar[3].
Conforme a ese esquema, la agenda legislativa estaba formada por 25 proyectos de Ley, distribuidos en estos 7 ejes temáticos:
A. Transformación y modernización de la economía
a. Ley de Fomento a las Exportaciones no Petroleras.
b. Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal.
c. Ley Para el Desarrollo y Producción de la Cerveza Artesanal.
d. Ley del Cacao.
e. Ley Orgánica para la Protección de Proyectos Socioeconómicos.
f. Ley de Comercio Digital.
B. Independencia plena del país
a. Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones No Gubernamentales y Afines.
b. Reforma Parcial de la Ley de Protección y Defensa del Patrimonio Cultural.
c. Ley Especial para la Salvaguarda y Transmisión Generacional de la Sabiduría Ancestral para Niños y Niñas Indígenas.
C. Profundización de la seguridad interna, la paz y la seguridad territorial
a. Ley Orgánica para la Defensa de la Guayana Esequiba.
b. Ley de Reforma de la Ley del Sistema de Justicia.
c. Ley de la Verdad y la Memoria Histórica sobre Derechos Humanos.
d. Ley de la Inspectoría de Tribunales.
D. Desarrollo de un modelo humanista de protección del pueblo de Venezuela
a. Ley Orgánica para la Igualdad de las Mujeres.
b. Ley Orgánica para la Igualdad e Integración para el Desarrollo Integral para las Personas con algún tipo de Discapacidad.
c. Ley para la Prevención, Atención y Tratamiento de las Enfermedades de Transmisión Sexual.
d. Ley para la Protección de la Danza.
e. Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat.
f. Ley Integral de Atención a las Personas Sordas y Personas con Discapacidad Auditiva.
g. Ley para Garantizar el Trato Digno a los Animales de Compañía.
E. Consolidación de la democracia directa
a. Ley de Reforma de la Ley Orgánica del Poder Popular.
b. Ley de Reforma de la Ley Orgánica de las Comunas.
F. Preservación del planeta y la lucha contra la emergencia climática
a. Ley de Reforma de Ley Orgánica de Aguas.
b. Ley de Reforma de la Ley de Gestión Integral de la Basura.
G. Inserción de Venezuela en el nuevo orden mundial en la configuración del poder mundial, multicéntrico y pluripolar
a. Proyecto de Ley de Cooperación Internacional.
Como se verá a continuación, de esa agenda legislativa de 25 proyectos de Ley, fueron promulgados seis (6) como Leyes en 2024:
a. Ley de Fomento de las Exportaciones No Petroleras.
b. Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones no Gubernamentales y Organizaciones Sociales sin Fines de Lucro.
c. Ley Orgánica para la Defensa de la Guayana Esequiba.
d. Ley Orgánica para la Inclusión, Igualdad y Desarrollo Integral de las Personas con Discapacidad.
e. Ley de reforma de la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat.
f. Ley Orgánica de Reforma de la Ley Orgánica del Poder Popular.
IV. ¿Qué ocurrió en el entorno legal en Venezuela en 2024?
1. Introducción
El entorno legal en 2024 ha sido similar al de los años inmediatamente anteriores. Ha sido un año de relativamente poca regulación legislativa sobre la actividad económica. No ha habido Leyes particularmente invasivas sobre la autonomía privada, si bien tampoco se han derogado Leyes previas que sí han incidido en el sector privado.
Desde el punto de vista de la regulación administrativa, destaca quizá la reordenación de la regulación administrativa del sector asegurador.
2. Regulación general
A. Ley Orgánica para la Defensa de la Guayana Esequiba
En abril fue dictada la Ley Orgánica para la Defensa de la Guayana Esequiba[4]. Destaca de esta Ley que el Presidente de la República podrá prohibir la celebración de contratos o acuerdos con personas jurídicas que se encuentren operando o colaboren con la operación en el territorio terrestre de la Guayana Esequiba o en las aguas pendientes por delimitar entre la República Bolivariana de Venezuela y la República Cooperativa de Guyana, con base en concesiones, autorizaciones o permisos otorgados unilateralmente por Guyana en violación del Acuerdo de Ginebra y el derecho internacional.
B. Leyes aprobatorias de Acuerdos internacionales
Conforme a la orientación de la política exterior del Estado venezolano, la Asamblea Nacional dictó las Leyes aprobatorias de dos Acuerdos para la promoción y protección de inversiones.
En mayo fue publicada la Ley Aprobatoria del Acuerdo entre el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y el Gobierno de la República de Türkiye Relativo a la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones[5].
En noviembre fue dictada la Ley Aprobatoria del Acuerdo entre el gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y el Gobierno de la República Popular China Relativo a la Promoción y Protección de Inversiones[6].
C. Ley Orgánica de Reforma de la Ley Orgánica del Poder Popular
En junio fue dictada la reforma a la Ley Orgánica del Poder Popular[7]. La reforma implica aspectos puntuales organizativos del Poder Popular, así como reformas en conceptos para la aplicación de la Ley.
D. Ley Orgánica para la Inclusión, Igualdad y Desarrollo Integral de las Personas con Discapacidad
En junio fue dictada la Ley Orgánica para la Inclusión, Igualdad y Desarrollo Integral de las Personas con Discapacidad[8]. La Ley deroga la Ley para las Personas con Discapacidad[9]. La nueva Ley señala algunas obligaciones al sector privado, entre ellas, una de registro en el Registro Único Nacional.
E. Ley Orgánica Libertador Simón Bolívar contra el Bloqueo Imperialista y en Defensa de la República
En noviembre fue dictada la Ley Orgánica Libertador Simón Bolívar contra el Bloqueo Imperialista y en Defensa de la República[10]. La Ley establece un Registro con carácter nacional, en el cual se incorporará la identificación de las personas naturales, jurídicas, nacionales o extranjeras, respecto de las cuales exista un motivo fundado para considerar que está incursa en alguna de las acciones contrarias a los valores y derechos irrenunciables del Estado, previstas en la Ley, a los fines de imponer medidas económicas restrictivas, temporales y de carácter administrativo, dirigidas a mitigar el perjuicio que sus acciones producen contra la República Bolivariana de Venezuela y su población.
F. Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones no Gubernamentales y Organizaciones Sociales sin Fines de Lucro
En noviembre fue publicada la Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones no Gubernamentales y Organizaciones Sociales sin Fines de Lucro[11]. La Ley puede tener impacto en empresas del sector privado que tengan vinculaciones con ONGs.
G. Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de Justicia de Paz Comunal
En noviembre fue dictada la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de Justicia de Paz Comunal[12].
H. Medios electrónicos y biométricos para la prestación del Servicio Público Registral y Notarial
En octubre fue dictada la Providencia N° 525, mediante la cual se implementa la aplicación de medios electrónicos y biométricos para la prestación del Servicio Público Registral y Notarial[13]. La Providencia regula la implementación de medios electrónicos y biométricos en los procesos llevados a cabo por el Servicio Autónomo de Registros y Notarías (SAREN), a efectos de optimizar el servicio de registro y notaría relativos a la comprobación de la identidad de los otorgantes a través del análisis biométrico de la identificación de los usuarios[14].
3. Impuestos
A. Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social Frente al Bloqueo Imperialista
En mayo fue dictada la Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social Frente al Bloqueo Imperialista[15].
En resumen[16]:
1. Crea una contribución especial sobre los pagos realizados por el contribuyente a los trabajadores por concepto de salario y bonificaciones de carácter no salarial.
2. La contribución especial aplica a todas las personas jurídicas, sociedades de personas, incluidas las de hecho, de carácter privado, que tengan o no su domicilio en la República, que realicen actividades económicas en el territorio nacional.
B. Monto de la contribución especial de la Ley de Pensiones
También en mayo fue dictado el Decreto N° 4.952, mediante el cual se establece como monto de la contribución especial prevista en la Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social frente al Bloqueo Imperialista el nueve por ciento (9%) del total de los pagos realizados por el contribuyente a las trabajadoras y trabajadores, de conformidad con la referida Ley[17].
C. Normas para la declaración y pago de la contribución especial de la Ley de Pensiones
A través de la Providencia N° SNAT/2024/000042 se establecieron las Normas para la declaración y pago de la contribución especial para la Protección de las Pensiones de Seguridad Social frente al Bloqueo Imperialista[18].
D. Prórroga del plazo para la declaración y pago del Impuesto Sobre la Renta
En febrero fue publicada la Providencia mediante la cual se prorroga el plazo para la declaración y pago del Impuesto Sobre la Renta, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2023[19].
E. Se fija en cero por ciento (0%) la alícuota del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras, para las transacciones realizadas por los contribuyentes señalados
En julio se dictó el Decreto N° 4.972, mediante el cual se fija en cero por ciento (0%) la alícuota del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras, para las transacciones realizadas por los contribuyentes señalados en los numerales 1 al 4 del artículo 4 de la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras[20].
F. Disposiciones para el disfrute del beneficio de exoneración del pago del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras
En febrero fue publicada la Providencia mediante la cual se establecen las disposiciones para el disfrute del beneficio de exoneración del pago del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras, por las operaciones de venta en el territorio nacional, de combustibles derivados de hidrocarburos, así como los insumos y aditivos destinados al mejoramiento de la calidad de la gasolina[21].
G. Exonerados del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras la compra, venta y transferencia de la custodia en títulos valores emitidos o avalados por la República o el Banco Central de Venezuela
En febrero fue publicado el Decreto N° 4.924, mediante el cual se exonera del pago del impuesto a las grandes transacciones financieras los débitos que generen la compra, venta y transferencia de la custodia en títulos valores emitidos o avalados por la República o el Banco Central de Venezuela, así como los débitos o retiros relacionados con la liquidación del capital o intereses de los mismos y los títulos negociados a través de las bolsas de valores y bolsa agrícola, realizados en moneda distinta a la de curso legal en el país[22].
H. Normativa correspondiente a la liquidación, autoliquidación, pago y declaración mensual de los aportes para la ciencia, tecnología e innovación
En febrero fue publicada la Providencia Administrativa No. 015-004-2024, mediante la cual se establece la normativa correspondiente a la liquidación, autoliquidación, pago y declaración mensual de los aportes para la ciencia, tecnología e innovación[23].
Se estableció la obligación formal para las personas jurídicas, entidades privadas o públicas, domiciliadas o no en la República, que realicen actividades económicas en el territorio nacional, de registrarse en el Sistema para la Declaración y Control del Aporte de la Ciencia, Tecnología e Innovación (SIDCAI) del Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (FONACIT), de conformidad con lo establecido en la Providencia Administrativa N° 015-029, de 15 de abril de 2021.
I. Reformado el Arancel de Aduanas
En abril fue reformado el Arancel de Aduanas, mediante el Decreto N° 4.944[24].
4. Sectores económicos
A. Energía
El 18 de octubre de 2023 la Office of Foreign Assets Control (OFAC) había dictado la Licencia General N° 44 en los sectores del gas y del petróleo en Venezuela[25]. Esta Licencia autorizaba todas las transacciones prohibidas por las “Regulaciones de Sanciones de Venezuela”. En particular, señalaba la Licencia General N° 44, se autorizaban las transacciones que involucren a PDVSA y/o cualquier entidad en la que PDVSA sea propietaria del 50 % o más de las acciones, en los sectores del gas y del petróleo, con lo cual están cubiertas las empresas mixtas petroleras.
Sin embargo, el 17 de abril de 2024, la OFAC dictó la Licencia General N° 44 A, que sustituye y reemplaza a la Licencia General N° 44. La Licencia N° 44 A autorizó todas las transacciones que son ordinarias, regulares y necesarias para la terminación de cualquier transacción relacionada con las operaciones del sector petrolero o gasífero en Venezuela que fueron previamente autorizadas por la Licencia General N° 44 hasta el 31 de mayo de 2024 a las 12:01 a.m. ET.
La consecuencia de esta Licencia N° 44 A es que se volvió al régimen anterior de sanciones sobre los sectores del petróleo y gas venezolano.
B. Sector farmacéutico
a. Norma de nombres de productos farmacéuticos
El 11 de enero de 2024 fue publicada en la página web del Instituto Nacional de Higiene “Rafael Rangel” la Norma de nombres de productos farmacéuticos, cuyo objeto es establecer las directrices de aprobación para la conformación de los nombres de los productos farmacéuticos a ser registrados y comercializados en Venezuela[26].
C. Sector bancario
a. Lineamientos sobre la Apertura de Cuentas Digitales y Aceptación de los Contratos Electrónicos
La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN) publicó en fecha 05 de marzo de 2024 la Circular SIB-II-GGIR-GRT-GGR-GNP-01180, que contiene los Lineamientos sobre la Apertura de Cuentas Digitales y Aceptación de los Contratos Electrónicos, cuyo objeto es regular la apertura de cuentas bancarias, prestación de servicios e instrumentos financieros a través de medios digitales por parte de las Instituciones del Sector Bancario[27].
b. Sudeban ratifica límite de 30% sobre depósitos de libre convertibilidad para el otorgamiento de créditos en Bs.
Mediante Circular N° 00919 de 28 de febrero de 2024, SUDEBAN ratificó la anterior Circular que establecía que las instituciones bancarias pueden otorgar créditos en moneda nacional a sus clientes con los recursos provenientes de las captaciones de fondos en moneda extranjera, hasta un máximo de recursos equivalentes al 30 % de dichas captaciones. Los créditos deben ser liquidados en Bs., y expresados únicamente mediante el uso de la Unidad de Valor de Crédito (UVC).
D. Sector asegurador
a. Normas prudenciales en materia aseguradora
En septiembre fueron dictadas las Providencias mediante las cuales se dictan las Normas Prudenciales de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora[28].
E. Mercado de valores
a. Lineamientos que regulan los préstamos indexados a valores y financiamientos de margen por las casas de bolsa
El 11 de marzo de 2024 la Superintendencia Nacional de Valores (SUNAVAL) emitió la Circular N° DSNV/CJ/00004 relativa a los lineamientos que regulan los préstamos indexados a valores y financiamientos de margen por las casas de bolsa. Su objeto es establecer los lineamientos que regulan los préstamos indexados a valores y financiamientos de margen, realizados por las casas de bolsas, así como los rangos de patrimonio y garantías de riesgo requeridos para el desarrollo de las operaciones de las sociedades de corretaje de valores y casas de bolsa[29].
F. Sector habitacional
a. Reformada la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat
En mayo fue reformada la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat[30]. En resumen, la reforma
1. Resalta el protagonismo de la clase trabajadora y de las organizaciones del Poder Popular, en particular, para el ejercicio de la contraloría social;
2. Se faculta al Ministerio para que articule con los distintos órganos y entes públicos y privados, a los fines de garantizar la dotación de materias primas, insumos, bienes intermedios y de consumo final para la producción de vivienda, pudiendo otorgar financiamiento a los productores de insumos, y aplicar métodos compensatorios para el retorno de los recursos entregados, y
3. Se crean dos (2) nuevos Fondos para los depósitos, administración y distribución de los recursos financieros del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat, los cuales, a saber: el Fondo Nacional de Equipamiento Urbano y el Fondo de las Alianzas Estratégicas.
5. Sector comercial
b. Providencia sobre deliveries y su derogación
En la Gaceta Oficial N° 42.813 de 05 de febrero de 2024 fue publicada la Providencia Administrativa No CJ/012/2023, dictada por el Instituto Postal Telegráfico de Venezuela (IPOSTEL), contentiva de las Normas que Regulan el Servicio de Entregas a Domicilio, Efectuado Mediante la Utilización de Redes Sociales, Plataformas Digitales, Postales o Comerciales[31].
El objeto de esa Providencia era regular el servicio de entregas a domicilio, reparto de productos, mercancías, encomiendas o envíos gestionados mediante plataformas digitales, redes sociales, postales o comerciales, que permitan realizar la entrega oportuna, la confidencialidad y seguridad de los datos de los usuarios que utilizan el servicio de envíos postales en esta modalidad.
Sin embargo, en la Gaceta Oficial N° 42.827 de 27 de febrero de 2024 fue publicada la Providencia mediante la cual se deja sin efecto la Providencia Administrativa N° CJ/012/2023, de 22 de octubre de 2023, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 42.813, de 5 de febrero de 2024, mediante la cual se dictan las Normas que regulan el servicio de entregas a domicilio, efectuado mediante la utilización de Plataformas Digitales, Redes Sociales, Postales o Comerciales.
6. Exportaciones
a. Ley de Fomento de las Exportaciones No Petroleras
En julio fue dictada la Ley de Fomento de las Exportaciones No Petroleras[32], que tiene por objeto establecer y desarrollar mecanismos orientados a facilitar y promover la exportación de bienes y servicios no petroleros, generados en Venezuela, incrementando la participación, complementación y competitividad de los productos venezolanos en los mercados internacionales, conforme a los compromisos y obligaciones asumidos en el marco de los mecanismos multilaterales, regionales y bilaterales de comercio, así como en función del desarrollo integral y sustentable del país.
[1] Por ejemplo, en este Perspectivas LEĜA puede verse el resumen del entorno regulatorio correspondiente a 2023: https://lega.law/entorno-regulatorio-en-venezuela-balance-de-2023/.
[2] Según puede verse en este enlace: https://ultimasnoticias.com.ve/noticias/politica/an-respalda-nuevas-lineas-de-trabajo-para-la-transformacion-del-pais/.
[3] Según puede consultarse en este enlace: https://www.asambleanacional.gob.ve/noticias/an-aprueba-agenda-legislativa-2024-con-26-proyectos-de-ley-ajustados-al-plan-7t.
[4] Gaceta Oficial N° 6.798 extraordinario de 3 de abril de 2024.
[5] Gaceta Oficial N° 6.808 extraordinario de 13 de mayo de 2024.
[6] Gaceta Oficial N° 6.852 extraordinario de 13 de noviembre de 2024.
[7] Gaceta Oficial N° 6.812 extraordinario de 6 de junio de 2024.
[8] Gaceta Oficial N° 6.817 extraordinario de 27 de junio de 2024.
[9] Gaceta Oficial N° 38.598 de 05 de enero de 2007.
[10] Gaceta Oficial N° 6.859 extraordinario de 29 de noviembre de 2024.
[11] Gaceta Oficial N° 6.855 extraordinario de 15 de noviembre de 2024.
[12] Gaceta Oficial N° 6.854 extraordinario de 14 de noviembre de 2024.
[13] Gaceta Oficial N° 42.987 del 17 de octubre de 2024.
[14] Tal y como se reseñó en este LEĜA Informa: https://lega.law/uso-de-medios-electronicos-y-biometricos-para-la-prestacion-del-servicio-publico-registral-y-notarial/.
[15] Gaceta Oficial N° 6.806 extraordinario de 08 de mayo de 2024.
[16] Tal y como fue explicado en este Perspectivas LEĜA: https://lega.law/que-saber-sobre-la-ley-de-proteccion-de-las-pensiones-10-datos.
[17] Gaceta Oficial N° 42.880 de 16 de mayo de 2024.
[18] Gaceta Oficial N° 42.881 de 17 de mayo de 2024.
[19] Gaceta Oficial N° 42.826 de 26 de febrero de 2024.
[20] Gaceta Oficial N° 6.821 extraordinario de 12 de julio de 2024.
[21] Gaceta Oficial N° 42.439 de 20 de febrero de 2024.
[22] Gaceta Oficial N° 42.823 de 21 de febrero de 2024.
[23] Gaceta Oficial No. 42.813 de 05 de febrero de 2024. Según reseñamos en este LEĜA Informa: https://lega.law/procedimiento-correspondiente-a-la-liquidacion-autoliquidacion-pago-y-declaracion-mensual-de-los-aportes-para-la-ciencia-tecnologia-innovacion-y-sus-aplicaciones/.
[24] Un resumen de los cambios introducidos en esta reforma puede ser visto en este LEĜA Informa publicado en abril: https://lega.law/nuevo-arancel-de-aduanas/.
[25] Tal y como explicamos en su momento en este Perspectivas LEĜA: https://lega.law/9-preguntas-y-respuestas-sobre-la-licencia-general-n-44-de-la-ofac-en-los-sectores-del-gas-y-el-petroleo-en-venezuela/.
[26] Tal y como se reportó en este LEĜA Informa: https://lega.law/norma-de-nombres-de-productos-farmaceuticos/.
[27] Tal y como lo reseñamos en este LEĜA Informa: https://lega.law/lineamientos-sobre-la-apertura-de-cuentas-digitales-y-aceptacion-de-contratos-electronicos/.
[28] Gaceta Oficial N° 6.835 extraordinario de 3 de septiembre de 2024. Este Perspectivas LEĜA se dedicó a una de las novedades de las Normas Prudenciales, los llamados “microseguros” y los seguros para sectores vulnerables: https://lega.law/microseguros-y-seguros-para-sectores-vulnerables-en-venezuela/.
[29] Según reseñamos en este LEĜA Informa: https://lega.law/lineamientos-que-regulan-los-prestamos-indexados-a-valores-y-financiamientos-de-margen-por-las-casas-de-bolsa/.
[30] Gaceta Oficial N° 6.805 extraordinario de 1 de mayo de 2024.
[31] Tal y como lo reseñamos en este LEĜA Informa: https://lega.law/normas-que-regulan-las-entregas-a-domicilio/.
[32] Gaceta Oficial N° 6.824 extraordinario de 18 de julio de 2024.
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