LEĜA Letter # 115

NUEVA NORMA TÉCNICA PARA LA ADMINISTRACIÓN, ASIGNACIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LOS RECURSOS DEL FONDO DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

El Directorio de Responsabilidad Social dictó la Providencia Administrativa N° 167, de fecha 12 de diciembre de 2019, que contiene a la Norma Técnica para la Administración, Asignación, Seguimiento y Control de los Recursos del Fondo de Responsabilidad Social.

  1. Objeto: Regular la administración y establecer los criterios y mecanismos de financiamiento, evaluación y demás requisitos para la asignación, seguimiento y control de los recursos del Fondo de Responsabilidad Social.
  1. Destino de los recursos del Fondo de Responsabilidad Social: El financiamiento total o parcial para la realización de obras audiovisuales o sonoras de productores nacionales independientes, o programas de radio, televisión y medios electrónicos especialmente dirigidos a niños y adolescentes.
  1. Criterios de preferencia para la asignación de recursos: Se dará preferencia a los proyectos dirigidos a:
  • Producción de programas culturales y educativos que fomenten los valores de la cultura venezolana.
  • Producción y participación en proyectos de investigación destinados a procesos de formulación, ejecución y evaluación de programas formativos destinados a la percepción crítica de los mensajes difundidos por los servicios de radio y televisión.
  • Producción de programas que fomenten: (i) la integración de personas con discapacidad, y (ii) el desarrollo de asociaciones de carácter social, destinadas a mejorar la economía social y alternativa y el fortalecimiento de la soberanía económica.
  • La capacitación y mejoramiento profesional de productores nacionales.
  • Las actividades de formación de ciudadanos para la defensa de los derechos comunicacionales y el fortalecimiento de usuarios de servicios de radio, televisión y medios electrónicos.
  • Programas de producción comunitaria.
  • Proyectos sobre: (i) educación para la precepción crítica, e (ii) investigación relacionada con la comunicación difundida por radio y televisión.
  1. Modalidades de asignación de recursos: El financiamiento podrá ser otorgado: (i) total o parcialmente y (ii) con carácter retornable o no, según las características y condiciones particulares del proyecto.
  1. La solicitud de financiamiento y mecanismos para la asignación de los recursos: Las personas naturales y jurídicas interesadas en obtener financiamiento pueden solicitarlo ante la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) consignando el proyecto y los demás recaudos exigidos.

CONATEL recibirá los proyectos mediante los siguientes mecanismos: (i) recepción permanente y (ii) por convocatoria publicada en la página web o en cualquier otro medio de divulgación. En este caso, CONATEL deberá indicar las condiciones particulares exigidas.

  1. Parámetros de evaluación de los proyectos:
  • La correspondencia con los fines y valores establecidos en la Constitución, en la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos y demás normas aplicables.
  • Viabilidad técnica, legal y financiera del proyecto.
  • Impacto social del proyecto.
  • Calidad integral del proyecto.
  • Cumplimento de los requisitos establecidos en la Guía Metodológica establecida por CONATEL.
  1. Condiciones de ejecución y rendición de cuentas: El Directorio de Responsabilidad Social podrá imponer condiciones adicionales a los proyectos aprobados, también exigirá el otorgamiento de garantías suficientes para responder por las obligaciones asumidas durante la ejecución del proyecto.

Los beneficiaros de financiamiento deberán presentar a CONATEL informes en cada etapa de ejecución del proyecto.

  1. Derogatoria: Deroga a la Providencia Administrativa No. 009, de fecha 21 de octubre de 2005, publicada en la Gaceta Oficial No. 38.322 de fecha 25 de noviembre de 2005.
  1. Vigencia: La presente Providencia entró en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial.

La Providencia Administrativa N° 167, de fecha 12 de diciembre de 2019, que contiene a la Norma Técnica para la Administración, Asignación, Seguimiento y Control de los Recursos del Fondo de Responsabilidad Social, fue publicada en la Gaceta Oficial N° 41.816 de fecha 06 de febrero de 2020.

Contactos:

RosaVirginia Superlano
rsuperlano@lega.law
+58 (212) 277 2236

Andrés Linares Benzo
alinares@lega.law
+58 (212) 277 2237

El objetivo del Leĝa Letters es proveer información a los clientes y relacionados de Leĝa Abogados. La información contenida en este reporte es solo a título informativo y no persigue suministrar asesoría legal. Los lectores no deben actuar sobre la base de la información contenida en este reporte, sin obtener previamente asesoría jurídica específica. Los Leĝa Letters pueden ser reproducidos y compartidos total o parcialmente, indicando siempre la autoría de Leĝa Abogados.