LEĜA Letter # 162 



CALENDARIOS PARA LA DECLARACIÓN, RETENCIÓN Y PAGO DEL IVA DEL AÑO 2020 POR PARTE DE LOS SUJETOS PASIVOS ESPECIALES Y AGENTES DE RETENCIÓN

PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA SNAT/2020/00057, emitida por el Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), en lo sucesivo “La Providencia”.

  1. Objeto: Establecer nuevos calendarios para la declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA), anticipos del IVA e Impuesto sobre la Renta, que deben realizar los sujetos pasivos especiales; así como el enteramiento de los montos retenidos por los Agentes de Retención en materia de IVA. Al respecto, deberán presentar su Declaración, según el último dígito del número de RIF del contribuyente y en las fechas de vencimiento del calendario para el año 2020, detallado a continuación:
  2. Declaración y pago septiembre 2020: Los sujetos pasivos especiales deberán incluir el 31 de agosto de 2020, en la Declaración y pago correspondiente a la primera quincena del mes de septiembre del año 2020.
  1. Días feriados: En caso de que cualquiera de las fechas contenidas en esta Providencia coincida con un día declarado como feriado por el Ejecutivo Nacional, Estadal o Municipal, la declaración y/o pago deberá presentarse el día hábil siguiente.
  1. Sanción: El incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta Providencia será sancionado conforme a lo previsto en el Código Orgánico Tributario.
  1. Pago: El pago del impuesto, anticipos y retenciones a que refiere La Providencia, deberá realizarse dentro del término señalado en el compromiso de pago.
  1. Disposición derogatoria: A partir del 01 de septiembre de 2020, queda derogado el literal a) del artículo 1 de la Providencia Administrativa SNAT/2019/00339 de fecha 15 de noviembre de 2019, publicada en Gaceta Oficial Nº 41.788 de fecha 26 de diciembre de 2019.

La Providencia establece que las declaraciones y pagos de los tributos no mencionados en esa normativa deben realizarse conforme a lo establecido en la Providencia Administrativa SNAT/2019/00339 de fecha 15 de noviembre de 2019.

  1. Vigencia: La Providencia entró en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial.

Providencia Administrativa SNAT/2020/00057 de fecha 27 de agosto de 2020, mediante la cual se establece el Calendario de Sujetos Pasivos Especiales y Agentes de Retención para la declaración y pago del Impuesto al Valor Agregado, Retenciones en materia de Impuesto al Valor Agregado y anticipos que deben cumplirse para el año 2020, publicada en la Gaceta Oficial Nº 41.954, de fecha 31 de agosto de 2020.

 

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