En Gaceta Oficial N° 41.363, de fecha 19 de marzo de 2018, fue publicada la Providencia Administrativa N° SNAT/2018/0021, emitida por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual ese organismo prorrogó hasta el 31 de mayo de 2018, el plazo para la declaración y pago del Impuesto sobre la Renta (ISLR), correspondiente al ejercicio fiscal coincidente con el año calendario 2017.
Las personas naturales que opten por pagar el ISLR en porciones, tendrán igualmente hasta el 31 de mayo de 2018 para efectuar el pago de la primera porción. La segunda y tercera porción deberán pagarse dentro de los veinte (20) y cuarenta (40) días continuos siguientes al vencimiento para la presentación de la declaración de rentas, respectivamente.
De igual forma, se prorrogó hasta el 31 de mayo de 2018, los lapsos establecidos en el literal “g” del artículo 1º del Calendario de Sujetos Pasivos Especiales para las obligaciones que deben cumplirse en el año 2018, esto es, el relativo “Autoliquidación Anual de Impuesto sobre la Renta (Ejercicio fiscal 10/01/17 al 31/12/2017)”.
Asimismo, se prorrogó hasta el 31 de mayo de 2018, los lapsos establecidos para la autoliquidación anual del ISLR, para los sujetos pasivos especiales cuyo ejercicio fiscal irregular cierre en los meses de (i) octubre y noviembre del año 2017, y (ii) enero y febrero del año 2018.
La presente Providencia entró en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
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