LEĜA Letter # 203
REIMPRESIÓN POR ERROR MATERIAL DE LA PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 015-029 QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LA AUTOLIQUIDACIÓN, DECLARACIÓN Y PAGO DE LOS APORTES PARA LA CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN Y LA OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO ELECTRÓNICO DE SOLVENCIA

 

Providencia Administrativa N° 015-047, emitida por el Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación “FONACIT”, en lo sucesivo la “Providencia”.

 

  1. Objeto: Corregir por error material en el texto original de la Providencia Administrativa N° 015-029, de fecha 15 de abril de 2021, publicada en la Gaceta Oficial N° 42.128, de fecha 17 de mayo de 2021, mediante la cual se establecen los componentes para el cálculo del aporte a la ciencia, tecnología e innovación, así como el procedimiento que debe seguirse para la obtención del certificado electrónico de solvencia de este aporte.
  2. Cambios realizados a la Providencia Administrativa N° 015-029:

2.1. En el artículo 2, correspondiente a la “Obligatoriedad del Registro” a los fines de obtener el certificado electrónico de solvencia del aporte, los solicitantes deberán registrase en el Sistema para la Declaración y Control del Aporte en Ciencia, Tecnología e Innovación (SIDCAI), cumpliendo los pasos que establece la normativa.

En ese sentido, anteriormente se indicaba que el interesado debía ingresar al dominio www.sidcai.fonacit.gob.ve para registrar sus datos en el sistema;  ahora, con el ajuste realizado a la Providencia en cuestión, el dominio correcto para ingresar al sistema es sidcai.fonacit.gob.ve.

2.2. En el parágrafo décimo primero del artículo 3, relativo a la “Autoliquidación, declaración y pago” se indicaba que en el caso de existir fallas en el sistema SIDCAI, que impidieran al aportante notificar el pago, se debía informar de esa falla                dentro de los 3 días hábiles siguientes al correo electrónico locti.fonacit@gmail.com.

Ahora, con el ajuste por error material, se indica como correo electrónico para informar sobre el pago en el caso de fallas en el SIDCAI el siguiente recaudación@fonacit.gob.ve.

 

  1. Contenido actual de la Providencia Administrativa N° 015-029: Las demás disposiciones de esa normativa no sufrieron modificaciones. En ese sentido, pueden consultar nuestra LEGA LETTER que versa sobre la Providencia anterior, tendiendo presente los cambios señalados en los puntos 2.1. y 2.2. anterior, haciendo click aquí.
  2. Reimpresión: De conformidad con el artículo 4 de la Ley de Publicaciones Oficiales, se procede a una nueva impresión de la Providencia Administrativa 015-029 subsanando los errores indicados el punto 2 anterior y manteniendo el mismo número y fecha.
  3. Vigencia: La Providencia entró en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.

 

Providencia Administrativa N° 015-047, mediante la cual se corrige por error material a la Providencia Administrativa N° 015-029, de fecha 15 de abril de 2021, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 42.128, de fecha 17 de mayo de 2021, publicada en la Gaceta Oficial N° 42.131 de fecha 20 de mayo de 2021.

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