LEĜA Letter # 207
LINEAMIENTOS PARA LA SUSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN DE DECISIONES CON FIRMA DIGITAL, PRÁCTICA DE CITACIONES Y NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS ANTE LA SALA POLÍTICO-ADMINISTRATIVA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

Resolución N° 2021-0011, emitida por el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena, en lo sucesivo la “Resolución”.

 

  1. Objeto: Establecer las normas generales que regularán la suscripción y publicación de decisiones con firma digital, práctica de citaciones y notificaciones electrónicas y la emisión de copias simples o certificadas por vía electrónica relacionadas con los procesos seguidos ante la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y su Juzgado de Sustanciación.
  2. Aplicación: Lo dispuesto en la Resolución será aplicable a todos los procesos que cursen en la Sala Político-Administrativa del TSJ, así como los que cursen ante el Juzgado de Sustanciación.
  3. Uso de tecnologías de información y comunicación: La Sala Político-Administrativa del TSJ y su Juzgado de Sustanciación, podrán suscribir y publicar decisiones, practicar las citaciones y notificaciones por correo electrónico o cualquier otro medio telemático una vez conste en las actas del expediente que las partes cuentan con los medios suficientes para hacer efectiva dicha actuación procesal.
  4. Soporte de la actuación: Una vez que la Sala Político-Administrativa del TSJ y el Juzgado de Sustanciación suscriban digitalmente las decisiones, o practicadas la citación y notificación electrónica, según corresponda, generará un soporte de dicha actuación, utilizando procedimientos digitales de respaldo o realizando la impresión o escáner del documento. El soporte deberá evidenciar el envío del correo contentivo de la notificación, debiendo estamparse la firma electrónica del funcionario designado para tal fin en el soporte respectivo para que sea agregada al expediente.
  5. Procesos en curso: Cuando no conste en autos alguna dirección de correo electrónico o cualquier otro medio que utilice tecnologías de la información y comunicación, se procederá a la notificación mediante cartel conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (LOTSJ).
  6. Notificaciones y citaciones efectuadas a través de medios digitales y firmas electrónicas: Se regirán por lo previsto en la LOTSJ, Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, Ley de Infogobierno y el Decreto con fuerza de Ley sobre mensajes de datos y firmas electrónicas, para su efectividad.
  7. Copias simples: La Sala Político-Administrativa del TSJ podrá emitir copias simples por vía electrónica a solicitud de las partes y con el debido uso de la firma electrónica del funcionario autorizado para tal fin, toda vez que haya sido verificada la legitimidad del peticionario y evaluada la procedencia de la solicitud.

Las copias simples otorgadas serán remitidas únicamente al correo o medio electrónico que utilice tecnologías de la información a través del cual se realizó la solicitud.

  1. Copias certificadas: Deberán estar suscritas con la firma electrónica del Secretario y del Magistrado Presidente de la Sala Político-Administrativa del TSJ o del Juez y Secretario del Juzgado de Sustanciación.
  2. Ejecución: Corresponde a la Sala Político-Administrativa del TSJ velar por la ejecución e implementación de la Resolución.
  3. Vigencia: La Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.

 

Resolución N° 2021-0011, mediante la cual se establecen las normas generales que regularán la suscripción y publicación de decisiones con firma digital, práctica de citaciones y notificaciones electrónicas y la emisión de copias simples o certificadas por vía electrónica relacionadas con los procesos seguidos ante la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Jusiticia y su Juzgado de Sustanciación, de fecha 9 de junio de 2021.

 

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