Ordenanza mediante la cual se crea el Registro Único Tributario Municipal de Contribuyentes del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital (RUT-CARACAS), emitida por el Concejo Municipal del Municipio Bolivariano Libertador, en lo sucesivo “La Ordenanza”.
- Objeto: Crear el Registro Único Tributario municipal de contribuyentes del Municipio Bolivariano Libertador de Distrito Capital, y establecer las normas que regulan el funcionamiento, pudiendo identificarse como “RUT-CARACAS”.
- Finalidad: El registro de la información relativa a los contribuyentes del municipio, con miras a una recaudación más efectiva donde se permita generar una base de datos que sirva como herramienta de consulta sobre el estatus de los contribuyentes respecto a sus obligaciones tributarias en el municipio.
- Ámbito de aplicación: Todas las personas naturales o jurídicas, domiciliadas o no, consideradas sujetos pasivos de las obligaciones tributarias en el municipio.
- Órgano competente en relación con el RUT-CARACAS: Le corresponde a la Superintendencia Municipal de Administración y Recaudación (SUMAR), la creación, organización y mantenimiento del registro como órgano competente para la recaudación y administración tributaria.
- Registro: Los contribuyentes que deban realizar algún trámite ante cualquier órgano, ente y dependencia del municipio, deberán estar previamente inscritos en el RUT-CARACAS y demostrarlo.
- Medio de registro: Los contribuyentes deberán suministrar un correo electrónico que se deberá utilizar en la formalización de la inscripción en el RUT-CARACAS, el cual servirá como un medio de comunicación entre el órgano municipal competente para la recaudación y el contribuyente.
- Comprobante de registro en el RUT-CARACAS: Tendrá una vigencia de 1 año, contado a partir de la fecha de expedición de este y deberá ser renovado 30 días antes de la fecha de su vencimiento, y será un requisito para cualquier trámite entre los órganos y entes municipales. El comprobante de registro que se expida una vez entre en vigencia La Ordenanza tendrá validez hasta el 31 de diciembre de 2022. La información respecto al contenido de este comprobante de registro será establecida por el órgano competente, así como su validación.
- Incentivos fiscales: El municipio podrá promover incentivos fiscales a los contribuyentes, tales como remisión o condonación de deuda, descuento, rebajas, exoneraciones, entre otros, siempre que el sujeto pasivo cuente con el comprobante de registro en el RUT-CARACAS.
- Sanciones: Los sujetos pasivos que no realicen la inscripción en el RUT-CARACAS serán sancionados con multa de 100 Unidades Tributarias Municipales (UTM). Igualmente, cuando el registro no sea renovado en el lapso pertinente, la multa será de 50 UTM.
La falsificación o adulteración del contenido del registro será sancionada con multa de 200 UTM, sin menoscabo de las demás responsabilidades en que pueda incurrir el infractor; así como, quien proporcione datos falsos o errores en el procedimiento de inscripción en el RUT-CARACAS, será sancionado con multa de 150 UTM.
Finalmente, quien incumpla la obligación de exigir el comprobante de registro, será sancionado con multa de 300 UTM.
- Período en que se llevará a cabo el RUT-CARACAS: Será dentro de los 90 días hábiles contados a partir del vencimiento del lapso (30 días continuos) que tendrá el Ejecutivo Municipal para dictar las normas relativas a la reglamentación del Registro.
- Vigencia: La Ordenanza entró en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Municipal.
- Derogación: Las disposiciones establecidas en La Ordenanza derogan cualquier normativa vigente en el municipio que contenga normativa relacionada con el registro de contribuyentes.
Ordenanza mediante la cual se crea el Registro Único tributario municipal de contribuyentes del Municipio bolivariano Libertador del Distro Capital (RUT-CARACAS), publicada en la Gaceta Municipal N° 01 Extraordinaria de fecha 12 de marzo de 2022.
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