MÁS ALLÁ DEL LIENZO: LA IMPORTANCIA DE LOS DERECHOS DE AUTOR EN EL ARTE. INFRACCIÓN DE LAS OBRAS DE ARTE
Carlos Domínguez Hernández
Socio
Kathleen G. Barrios Balzán
Abogada
I. El arte como expresión humana: aproximaciones a su definición y clasificaciones
Debemos entender al arte, a los efectos de este artículo, como una forma de expresión creativa que los seres humanos utilizan para comunicar sus sentimientos, emociones y percepciones sobre sus experiencias y el entorno que les rodea.
A lo largo del tiempo, el concepto de arte ha evolucionado y ha sido interpretado de diversas maneras por diferentes culturas y épocas, reflejando la complejidad del arte como un fenómeno humano.
El arte puede manifestarse en múltiples disciplinas. Una obra artística es una creación con un propósito estético, realizada a partir de diversas técnicas artísticas. Estas manifestaciones pueden ser visuales, escénicas, musicales, literarias, entre otras, e incluso pueden combinar varias de estas disciplinas.
Doctrinariamente encontramos varias clasificaciones de las obras artísticas, dependiendo del criterio que se siga, pero en general podríamos agruparlas en varias categorías, En términos generales, la siguiente podría ser una lista bastante completa, pero no las únicas, de las categorías en que podríamos agrupar los distintos tipos de manifestaciones artísticas:
- Artes visuales
- Artes escénicas
- Artes plásticas
- Música
II. La protección legal del arte: derechos de autor y su importancia en Venezuela
El reconocimiento de la propiedad sobre las creaciones intelectuales es de suma importancia. Sin embargo, este reconocimiento carecería de significado si el sistema legal de un país además no garantiza la titularidad de dichos derechos, es decir, si los titulares no tienen una debida protección de sus derechos a través de un recurso efectivo.
Los derechos de autor son una figura jurídica que concede al creador de una obra original derechos exclusivos sobre su uso. Estos derechos permiten al autor el control sobre su obra, permitiéndole y asegurándole que pueda beneficiarse de sus esfuerzos creativos.
El reconocimiento de estos derechos sobre las obras artísticas tiene en Venezuela una base constitucional, y así lo consagra el artículo 98 de la Constitución.
Asimismo, la protección jurídica del arte en Venezuela se regula principalmente en la Ley sobre Derecho de Autor de 1993. Esta legislación establece un marco legal robusto destinado a salvaguardar los derechos de los creadores de obras artísticas, abarcando diversas disciplinas como las artes plásticas, la música y el cine. De este modo, se busca garantizar que los autores puedan disfrutar de sus derechos patrimoniales y morales, promoviendo así un entorno favorable para la creatividad y la producción artística.
Debemos mencionar el Convenio de Berna, que también es Ley en Venezuela. Este Tratado internacional protege las obras literarias y artísticas y los derechos de los autores.
La protección legal de las obras artísticas es fundamental por diversas razones: asegura la protección de la creatividad, el reconocimiento y la atribución adecuada a los autores, permite y regula los beneficios económicos, preserva la integridad de la obra, fomenta la cultura, el conocimiento y la innovación. Todo esto contribuye a un equilibrio social que favorece el desarrollo artístico y cultural.
III. Derechos de autor: retos y oportunidades para los artistas
Es importante resaltar que el derecho de autor se obtiene automáticamente desde el momento en el que se crea la obra; no se requiere ningún trámite adicional más que la creación para ser titular de estos derechos.
Estos derechos otorgan diferentes “privilegios” de manera automática sobre la obra. Según los tratados internacionales y la misma legislación nacional, estos derechos o privilegios se dividen en:
- Derechos económicos: relacionados con la parte monetaria de la creación, y permiten al artista explotar su obra a través de la reproducción, traducción, adaptación, exhibición, distribución, copia, comunicación, entre otros.
- Derechos morales: reflejan el vínculo personal del autor con su obra. Reconocen la condición de autor, y son irrenunciables e inalienables, acompañando al autor durante toda su El autor tiene el poder de exigir el respeto a la integridad de su obra y oponerse a cualquier modificación que perjudique su honor o reputación.
Sin embargo, a pesar de estas normas vigentes en Venezuela, en la práctica son muy comunes infracciones de estos derechos reconocidos a los artistas, entendiendo por infracción la transgresión o incumplimiento de una norma legal, moral o convención, y en especial en materia de obras artísticas, la violación de la exclusividad que posee el artista sobre su obra.
Para la protección de estos derechos, las entidades de gestión colectiva juegan un papel importante. En Venezuela, las únicas entidades autorizadas para gestionar los derechos de autor son la Sociedad de Autores y Compositores de Venezuela (SACVEN) y la Asociación Venezolana de Intérpretes y Productores (AVINPRO). Estas organizaciones desempeñan un papel crucial, ya que son responsables de recaudar y distribuir las remuneraciones correspondientes a los autores y artistas intérpretes.
Sin embargo, estas únicas entidades que existen en Venezuela no cubren todas las categorías de manifestaciones artísticas mencionadas anteriormente.
La relevancia de este tema se evidencia en la preocupación y participación de organismos internacionales como la UNESCO que, por ejemplo, promueve la protección y libertad artística a través de la Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales de 2005 y la Recomendación relativa a la Condición del Artista de 1980.
Así mismo, la UNESCO emitió un informe mundial para Repensar las políticas para la creatividad y plantear la cultura como un bien público global, proporcionando a los gobiernos, las organizaciones privadas y la sociedad civil las ideas necesarias para mejorar colectivamente la legislación, proteger a los artistas y salvaguardar la libertad artística.
Así, a pesar del marco legal establecido y la existencia de estas entidades, muchos artistas plásticos enfrentan importantes desafíos. Uno de los problemas más significativos es la falta de más entidades de gestión colectiva que representen adecuadamente a este sector. Esta situación provoca que una gran parte de los artistas y creadores no esté debidamente informada sobre sus derechos. Como resultado, se genera una dispersión en la defensa de sus intereses, lo que dificulta su capacidad para reclamar lo que les corresponde.
IV. Las infracciones más comunes en el arte
En Venezuela las infracciones de derechos al arte son diversas y pueden tener consecuencias legales significativas. A continuación, se presentan algunos ejemplos comunes de estas infracciones, así como sus implicaciones:
1. Uso no autorizado de obras
El uso no autorizado de obras artísticas, como pinturas o canciones, constituye una infracción grave. Esta situación se presenta cuando se reproduce, distribuye o exhibe públicamente una obra sin el consentimiento del autor o del titular de los derechos. La falta de autorización no solo afecta los derechos patrimoniales del creador, sino que también puede desincentivar la producción artística al socavar la confianza en la protección de la propiedad intelectual.
2. Piratería
La piratería implica la fabricación, importación o distribución comercial de copias de obras protegidas sin la debida autorización. Este fenómeno abarca la venta de CDs, DVDs y cualquier medio que contenga obras artísticas sin el conocimiento ni el permiso del creador. Tanto el uso no autorizado de obras como la piratería son sancionados con multas y penas privativas de libertad, lo que subraya la gravedad de estas infracciones en el contexto legal venezolano.
3. Plagio
El plagio se define como la apropiación indebida de una obra ajena, usurpando la paternidad del autor original. Este acto no solo afecta los derechos patrimoniales, sino que también vulnera los derechos morales del creador. Considerado una infracción y un delito que viola los derechos de autoría intelectual, el plagio puede ser equiparado al robo.
Es importante señalar que ciertas prácticas no se consideran plagio, tales como:
- Citar o referenciar adecuadamente una obra ajena o parte de ella;
- Parafrasear ideas ajenas, siempre y cuando se indique su origen;
- Presentar compilaciones de documentos ajenos como parte de una investigación propia;
- Traducir una obra ajena escrita en lengua extranjera;
- Emplear ideas de conocimiento público o que no pertenezcan a ningún autor específico, como refranes.
En este contexto, es fundamental resaltar que el autor posee el «derecho a la paternidad», que se define como el reconocimiento del autor como creador y protector de su obra.
4. Alteración de obras
La alteración de una obra artística sin el consentimiento del autor constituye una infracción grave. Esta práctica incluye cualquier modificación que pueda afectar la reputación o el decoro del creador, lo cual está expresamente prohibido por la Ley de Derecho de Autor. En este contexto, es fundamental mencionar el “derecho a la integridad de la obra”, que protege la esencia de la creación y garantiza que no se realicen cambios que puedan perjudicar la imagen del autor.
Este derecho implica que el autor tiene la facultad de oponerse a cualquier deformación, modificación, mutilación o alteración de su obra que pueda menoscabar su honor o reputación.
En otras palabras, el autor tiene el derecho inalienable e irrenunciable de exigir que su obra sea presentada al público tal como fue concebida, sin alteraciones que puedan afectar su integridad creativa. Esto significa que incluso si el autor ha transferido los derechos patrimoniales sobre su obra, no puede renunciar a este derecho fundamental.
La legislación nacional e internacional protege este derecho para asegurar que la obra del autor sea respetada en su forma original. Por lo tanto, cualquier modificación, alteración, mutilación o deformación realizada sin la debida autorización representa una grave vulneración a los legítimos intereses del autor respecto a la integridad de su creación. En definitiva, el autor tiene derecho a que su obra se exhiba y represente en su totalidad y tal como él la concibió: cualquier cambio requiere su consentimiento previo (Rodríguez Miglio, 2013).
5. Comunicación pública no autorizada
Por otro lado, la exhibición o comunicación pública de una obra sin autorización también se considera una infracción significativa. Este tipo de violación abarca desde conciertos hasta exposiciones donde se utilizan obras protegidas sin el debido permiso del autor.
Es importante destacar aquí el “derecho a la divulgación”, entendido como el derecho que tiene el autor y/o artista para controlar cuándo y cómo se publica su obra. Este derecho es esencial para garantizar que los creadores mantengan el control sobre la presentación pública de sus obras y puedan decidir sobre las condiciones en las que estas son compartidas con el público.
V. Monitoreo y protección de los derechos de autor en Venezuela
Es crucial monitorear el uso no autorizado de las obras artísticas. Ante la detección de una infracción, el autor tiene la posibilidad de emprender acciones legales, que pueden incluir demandas por daños y perjuicios o solicitudes de cese por uso indebido, entre otras. Es importante que todos los autores y artistas sean conscientes de que la legislación venezolana prevé sanciones tanto civiles como penales para quienes infrinjan los derechos de autor.
Aunque la protección de los derechos de autor se otorga sin necesidad de formalidades, se recomienda encarecidamente el registro de la obra ante el Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual (SAPI). Este registro no solo proporciona una prueba fehaciente de la autoría, sino que también facilita la defensa en caso de infracción ante las autoridades venezolanas. De esta manera, los creadores pueden fortalecer su posición legal y proteger sus intereses.
Además de los derechos patrimoniales, la legislación venezolana reconoce derechos morales que son irrenunciables e inalienables. Estos derechos, que han sido mencionados en cada una de las infracciones, incluyen el derecho a la paternidad, el derecho a la integridad y el derecho a la divulgación. Cada uno de estos derechos es fundamental para garantizar que los autores mantengan el control sobre sus obras y su reputación.
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