LEĜA Letter # 118
MEDIDAS PARA HACER FRENTE AL COVID-19 ADOPTADAS EN EL MUNICIPIO CHACAO
Decreto N° 013-2020 emitido por el Alcalde del Municipio Chacao del Estado Miranda, en lo sucesivo, “El Decreto”.
- Objeto: Prohibir las concentraciones de personas en cines, teatros, centros deportivos, locales nocturnos y locales que expendan artículos que no sean de primera necesidad, como medida preventiva para evitar la propagación del COVID-19.
- Restaurantes, ferias de comida y a fines: Los comercios que expenden alimentos para consumo en sus instalaciones deberán ofrecer el servicio bajo la modalidad “a domicilio” o “para llevar”, con el fin de evitar la concentración de personas en sus instalaciones.
- Actividades escolares: Quedan suspendidas las clases en los centros educativos públicos y privados del Municipio, en todos los niveles educativos.
- Permanencia de las personas en sus hogares: Se exhorta a toda la población del Municipio Chacao a mantenerse en sus hogares, en especial a las personas mayores de 65 años, niños y adolescentes.
- Generalidades: El Decreto establece una serie de medidas preventivas que deberán considerar los habitantes del Municipio, así como información sobre los centros de atención para las personas afectadas.
- Vigencia: El Decreto tendrá una vigencia de siete (07) días contados a partir del 13 de marzo de 2020.
Decreto N° 013-2020, mediante el cual se prohíbe las concentraciones de personas en cines, teatros, centros deportivos, locales nocturnos y locales que expendan artículos que no sean de primera necesidad, publicado en la Gaceta Municipal del Municipio Chacao N° 8.967 Extraordinario de fecha 13 de marzo de 2020.
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