LEĜA Letter # 195
AUMENTO DEL SALARIO MÍNIMO Y DEL VALOR DEL CESTATICKET SOCIALISTA

 

Decretos Presidenciales Nos. 4.602 y 4.603, ambos de fecha 1° de mayo de 2021.

  1. Objeto: Establecer un incremento en el salario mínimo nacional y en el valor del beneficio del Cestaticket Socialista.

 

  1. Aumento del salario mínimo: Se incrementó a la cantidad de Bs. 7.000.000,00 mensuales, equivalentes a Bs. 233.333,33 diarios, a partir del 1° de mayo de 2021.

 

  1. Salario mínimo para adolescentes aprendices: Se incrementó a 5.250.000,00 mensuales, equivalentes a Bs. 175.000,00 diarios, por jornada diurna. Sin embargo, si la labor efectuada por los aprendices es realizada en condiciones iguales a la de los demás trabajadores, su salario mínimo será el establecido para los trabajadores en general, es decir Bs. 7.000.000,00 mensuales.

 

  1. Pensiones: Se fijó como monto de las pensiones de los jubilados y pensionados de la Administración Pública, así como los pensionados y jubilados del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, el salario mínimo regular fijado en Bs. 7.000.000,00 mensuales.

 

  1. Sanción: El pago de un salario inferior al monto establecido en el Decreto se sancionará con multa no menor del equivalente a 120 U.T., ni mayor al equivalente de 360 U.T., de conformidad con los artículos 130 y 533 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.

 

  1. Aumento del valor del Cestaticket Socialista: Se aumentó el valor del Cestaticket Socialista a la cantidad de Bs. 3.000.000,00 mensuales, a partir del 1° de mayo de 2021.

 

  1. Vigencia: Tanto el incremento del salario mínimo como el del valor del Cestaticket Socialista entraron en vigencia a partir del 1° de mayo de 2021.

 

Decretos Nos. 4.602 y 4.603, emanados de la Presidencia de la República, publicados en la Gaceta Oficial No. 6.622 Extraordinario, de fecha 1° de mayo de 2021.

 

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