LEĜA Letter # 95
AUMENTO DEL SALARIO MÍNIMO Y DEL VALOR DEL CESTATICKET SOCIALISTA
Mediante Decretos Presidenciales Nos. 3.997 y 3.998, ambos de fecha 11 de octubre de 2019, se estableció un incremento en el salario mínimo nacional y en el valor del cestaticket socialista.
- Aumento del Salario Mínimo: El salario mínimo nacional fue incrementado a la cantidad de Bs. 150.000,00 mensuales, equivalentes a Bs. 5.000,00 diarios, a partir del 01 de octubre de 2019.
- Salario mínimo para adolescentes aprendices: Se incrementó a Bs. 112.500,00 mensuales, equivalentes a Bs. 3.750,00 diarios, por jornada diurna. Sin embargo, si la labor efectuada por los aprendices INCES es realizada en condiciones iguales a la de los demás trabajadores, su salario mínimo será el establecido para los trabajadores en general, es decir Bs. 150.000,00 mensuales.
- Pensiones: Se fijó como monto de las pensiones de los jubilados y pensionados de la Administración Pública, así como los pensionados y jubilados del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, el salario mínimo regular fijado en Bs. 150.000,00 mensuales.
- Sanción: El pago de un salario inferior al monto establecido en el Decreto se sancionará con multa no menor del equivalente a 120 U.T., ni mayor al equivalente de 360 U.T., de conformidad con los artículos 130 y 533 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.
- Aumento del Valor del Cestaticket Socialista: Se aumenta el valor del cestaticket socialista a la cantidad de Bs. 150.000,00 mensuales, a partir del 01 de octubre de 2019, los cuales deberán ser pagados mediante tarjeta electrónica de alimentación, cupones o tickets emitidos por una entidad financiera o establecimiento especializado.
- Vigencia: Tanto el incremento del salario mínimo como el valor del Cestaticket Socialista, entraron en vigencia a partir del 01 de octubre de 2019.
Decretos Nos. 3.997 y 3.998, emanados de la Presidencia de la República, publicados en la Gaceta Oficial No. 6.484 Extraordinario, de fecha 11 de octubre de 2019.
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