Conforme al artículo 2 de la
Providencia Nº ONCDOFT-001-2021
todas las personas enumeradas en el artículo 9 de la
Ley OrgánicaContra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al terrorismo
deberán inscribirse en el Registro Unificado de Sujetos Obligados
Se excluyen de esa obligación aquellas personas o entidades que yaestén regidas por una ley especial o que estén sometidas a algúnórgano o ente de prevención, control, supervisión, fiscalización yvigilancia, las cuales se sujetan a sus registros especiales (artículos 1,2 y 3 de la Providencia).
Providencia Nº ONCDOFT-001-2021
todas las personas enumeradas en el artículo 9 de la
Ley OrgánicaContra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al terrorismo
deberán inscribirse en el Registro Unificado de Sujetos Obligados
Se excluyen de esa obligación aquellas personas o entidades que yaestén regidas por una ley especial o que estén sometidas a algúnórgano o ente de prevención, control, supervisión, fiscalización yvigilancia, las cuales se sujetan a sus registros especiales (artículos 1,2 y 3 de la Providencia).