NORMAS SOBRE INSUMOS AGROECOLÓGICOS U ORGÁNICOS Y SUS ACTIVIDADES INHERENTES
NORMS ON AGROECOGICAL SUPPLIES AND ITS INHERENT ACTIVITIES
En la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 42.687 del 8 de agosto de 2023 fue publicada la Providencia Administrativa N°007/2023, dictada por el Instituto Nacional de Salud Agrícola Integral (INSAI), sobre insumos agroecológicos u orgánicos.
I. Objeto: Establecer las normas que regulan el registro, supervisión, control de los insumos agroecológicos u orgánicos de usos agrícola, así como las actividades de fabricación, formulación, importación, comercialización, distribución, envasado, almacenamiento, expendio, transporte, aplicación, liberación, publicidad, control de calidad e investigación de insumos agroecológicos u orgánicos para uso agrícolas, industrial, domestico, salud pública y pecuario.
II. Ámbito de aplicación: Todas las personas naturales o jurídicas que participen de manera directa en las actividades objeto de la Providencia Administrativa relacionadas con los insumos agroecológicos u orgánicos, independientemente del tipo de tecnología, escala, materia prima o ingrediente utilizado para la producción artesanal, semi-industrial, industrial o experimental.
III. Insumos agroecológicos u orgánicos: Son aquellos insumos de origen natural e inocuo, que pueden ser biológicos, orgánicos y minerales u otros insumos utilizados para la producción en la agricultura ecológica u orgánica, así como para uso industrial, salud pública doméstica y pecuaria, para la fertilización, control de plagas, mejorar las condiciones físicas, fisicoquímicas y biológicas de los suelos, aguas, biorremediación, equilibrio ecológico, entre otras aplicaciones. No incluye productos terminados que contengan químicos sintéticos.
IV. Organismos transgénicos, biosintéticos o productos provenientes de nanotecnología para insumos agroecológicos u orgánicos: El INSAI regulará y evaluará previamente a su liberación al ambiente, la producción, distribución, comercialización e investigación de organismos modificados genéticamente (transgénicos), biosintéticos o productos provenientes de la nanotecnología, así como, sus productos susceptibles de aprovechamiento como insumos agroecológicos u orgánicos, con el propósito de determinar si constituyen o no riesgos potenciales para la diversidad natural, el ambiente y la salud humana.
La comercialización de insumos agroecológicos u orgánicos en cuyo origen o constitución intervengan organismos modificados genéticamente (transgénicos), biosintéticos o productos provenientes de la nanotecnología, deberán indicarlo en el envase o etiqueta y deberán disponer del Registro Nacional de Producto correspondiente.
V. Registro ante el RUNSAI: Los interesados en realizar actividades relacionadas con los insumos agroecológicos u orgánicos deben estar registrados en el Registro Único Nacional de Salud Agrícola Integral (RUNSAI) que lleva el INSAI y obtener la correspondiente autorización de funcionamiento.
Los insumos agroecológicos u orgánicos, para su uso interno o para exportación, deben obtener el Registro Nacional de Producto. Este registro tendrá una vigencia de dos años.
VI. Ente competente: La supervisión y control de los insumos agroecológicos u orgánicos corresponde al INSAI a través de la Dirección Nacional de Agrología y Participación Popular.
VII. Comisión Técnica Asesora de Carácter Estratégico Insumos Agroecológica u Orgánicos: Estará conformada por dos (2) representantes del INSAI, dos (2) representantes de organismos públicos de investigación y un (1) representante del sector privado de las asociaciones de productos o comercializadoras de insumos agroecológicos u orgánicos.
Entre sus funciones están: (i) evaluación de los protocolos de los estudios que deben reunir los solicitantes; (ii) valorar la información científico-técnica para el registro de los productos; (iii) asesorar sobre los requisitos técnicos de calidad, eficacia y bioseguridad de los insumos agroecológica u orgánicos, y (iv) revisar y supervisar los proyectos de investigación de insumos agroecológicos u orgánicos.
VIII. Vigencia: La Resolución entró en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial N° 42.687 del 8 de agosto de 2023.
Gaceta Oficial N° 42.687 del 8 de agosto de 2023, mediante la cual se dicta la Providencia Administrativa N°007/2023, dictada por el Instituto Nacional de Salud Agrícola Integral (INSAI), sobre insumos agroecológicos u orgánicos.
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