Decretos Presidenciales Nos. 4.653 y 4.654, ambos de fecha 15 de marzo de 2022.
- Objeto: Establecer un incremento en el salario mínimo nacional y en el valor del beneficio del Cestaticket Socialista.
- Aumento del salario mínimo: Se incrementó a la cantidad de Bs. 130,00 mensuales, equivalentes a Bs. 4,33 diarios, a partir del 15 de marzo de 2022.
- Salario mínimo para adolescentes aprendices: Se incrementó a 97,50 mensuales, equivalentes a Bs. 3,25 diarios, por jornada diurna. Sin embargo, si la labor efectuada por los aprendices es realizada en condiciones iguales a la de los demás trabajadores, su salario mínimo será el establecido para los trabajadores en general, es decir Bs. 130,00 mensuales.
- Pensiones: Se fijó como monto de las pensiones de los jubilados y pensionados de la Administración Pública, así como los pensionados del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, el salario mínimo regular fijado en Bs. 130,00 mensuales.
- Sanción: El pago de un salario inferior al monto establecido en el Decreto se sancionará con multa no menor del equivalente a 120 U.T., ni mayor al equivalente de 360 U.T., de conformidad con los artículos 130 y 533 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.
- Aumento del valor del Cestaticket Socialista: Se incrementó el valor del Cestaticket Socialista a la cantidad de Bs. 45,00 mensuales, a partir del 15 de marzo de 2022.
- Vigencia: Tanto el incremento del salario mínimo como el del valor del beneficio del Cestaticket Socialista entraron en vigencia a partir del 15 de marzo de 2022.
Decretos Nos. 4.653 y 4.654, emanados de la Presidencia de la República, publicados en la Gaceta Oficial No. 6.691 Extraordinario, de fecha 15 de marzo de 2022.
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