PRÓRROGA DE EXONERACIONES EN MATERIA ADUANERA
El 28 de junio de 2024, mediante el Decreto 4.967, se estableció una prórroga de las exoneraciones en materia aduanera, que se publicó en el Gaceta Oficial Nro. 6.818 extraordinario de esa misma fecha.
I. Objeto
Prorrogar hasta el 31 de agosto de 2024 las exoneraciones en materia de aduanas reguladas en el Decreto Nro. 4.907 de 29 de diciembre de 2023, publicado en la Gaceta Oficial Nro. 6.784 de esa misma fecha.
II. Exoneraciones que se mantienen vigentes:
- Pleno derecho: Exoneración del 90% del Impuesto de Importación y 90% del IVA en las importaciones tanto del sector público como privado, relacionada a 1550 códigos arancelarios de productos diversos, la cual es procedente de pleno derecho.
- Productos farmacéuticos con Certificado de no producción nacional o producción nacional insuficiente (CNP o CNPI): Exoneración del Impuesto de Importación e IVA en las importaciones de determinados bienes (441 códigos arancelarios relacionados a productos contenidos en el Capítulo del arancel de aduanas referido a productos farmacéuticos) por parte del sector público y privado, previa obtención del CNP o CNPI.
- Exoneración aplicable a la Corporación Venezolana de Guayana (166 códigos arancelarios)
- Exoneración aplicable al Ministerio del Poder Popular de Atención de las Aguas o sus órganos y entes adscritos (260 códigos arancelarios)
- Exoneración aplicable a determinados productos importados por la Corporación Venezolana de Cemento y empresas adscritas (5 códigos arancelarios)
- Exoneraciones aplicables a las importaciones de la Corporación Venezolana de Comercio Exterior (13 códigos arancelarios).
III. Clasificación arancelaria
En vista de la publicación del Nuevo Arancel de Aduana el pasado 25 de abril de 2024, es importante verificar el código arancelario del producto que goza del beneficio en relación con la lista de códigos arancelarios correlativos, publicada por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) y disponible en su portal web oficial.
IV. Vigencia
Entró en vigor a partir del 1 de julio de 2024.
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